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  • Foto del escritorSalvador Moret

Legalización desván

Actualizado: 23 feb 2021



En los últimos meses he desarrollado un proyecto de legalización en el barrio de Nazaret cuya complejidad residía en describir las obras efectuadas de modo que estén contempladas dentro de la normativa urbanística de aplicación, ya que el PRI Nazaret establece que:

  • No se pueden realizar cubiertas con una pendiente inferior al 30%.

  • No permite ejecutar áticos.

  • Los faldones de las cubiertas inclinadas deberán llegar hasta fachada sin ningún hueco en su ejecución.

Por lo cual ha sido esencial defender que:

  • El espacio existente bajo cubierta es un desván, puesto que no es habitable, ya que no cumple diversos apartados del Código Técnico de la Edificación y únicamente se emplea como espacio de almacenaje.

  • La cubierta, incorporada en el fondo de la cubierta inclinada existente, es una cubierta técnica.

  • La realización de las obras efectuadas se adapta mejor a la estética del edificio existente, puesto que en la actualidad sólo un vecino conserva la cubierta inclinada inicial.

Una vez más podemos comprobar que la normativa es interpretable y como técnicos tenemos la capacidad de estudiar sus múltiples lecturas.


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